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Condiciones generales

 

Artículo 1 : Contenido, finalización del contrato e interpretación de los términos comerciales

1.1. Las presentes condiciones generales se aplicarán a todas las obligaciones contractuales entre BEA y el comprador (acuerdos, entregas, servicios, ofertas, etc.) durante el periodo en que ambos mantengan relaciones de negocios. El comprador, en su relación con BEA, aceptará las presentes condiciones generales al realizar su pedido y renunciará explícitamente a la aplicación de sus propias condiciones generales, incluso en el caso de que estas se hubieran determinadas con posterioridad a las presentes condiciones generales. Para que cualquier excepción a las condiciones generales sea válida deberá haber sido previamente acordada de forma expresa por escrito y haber sido firmada por BEA. Las condiciones generales de BEA serán aplicables incluso cuando BEA haya entregado las mercancías al comprador sin reservas, sabiendo que existen condiciones generales contrarias o diferentes.

1.2. Para que los acuerdos a los que se ha llegado por teléfono o de palabra sean válidos deberán haber sido confirmados por escrito por BEA. Los pedidos, convenios y compromisos solo serán vinculantes para BEA si esta los ha confirmado por escrito.

1.3. La interpretación de las cláusulas comerciales se regirá por los usos comerciales de Lieja y la versión actual de los «Incoterms» de la Cámara de Comercio Internacional.

 

Article 2: Ofertas y especificaciones

2.1. Todas las ofertas de BEA serán gratuitas y sin compromiso. No serán firmes hasta la confirmación expresa por escrito de BEA, con la mención de un plazo de validez.

2.2. Los pesos, dimensiones, capacidades, precios, rendimientos o cualquier otro dato que figure en los catálogos, prospectos, circulares, anuncios publicitarios, listas de precios o páginas web serán indicativos, salvo estipulación contraria y expresa incluida en el contrato suscrito entre las partes.

2.3. BEA se reserva el derecho a efectuar en cualquier momento y sin aviso previo modificaciones en los productos, sin variar por ello las especificaciones de los mismos. BEA se reserva igualmente el derecho a efectuar en cualquier momento y sin aviso previo modificaciones en los productos, si dichas modificaciones resultaran útiles o necesarias en virtud de las normas vigentes aplicables a estos productos.

 

Article 3: Precios

3.1. Todos los precios de BEA son indicativos y sin compromiso. BEA se reserva el derecho a modificar los precios antes de aceptar el pedido.

3.2. Salvo acuerdo escrito en contrario, todos los precios de BEA se entenderán que son «exworks / en fábrica» y fijados en EUROS.

3.3. Los precios de BEA no incluyen ni derechos ni tasas. Estas últimas serán asumidas por el comprador según lo establecido en la legislación vigente en el momento de la facturación.

3.4. Si el contrato de venta se celebrará en divisa extranjera, se aplicará una cláusula de revisión de precios y BEA se reservará el derecho a revisar los precios proporcionalmente al cambio de la paridad oficial entre el Euro y la divisa de la oferta en el momento de la entrega.

3.5. Todo embalaje especial solicitado por el comprador será cargado en su cuenta.

Artículo 4 : Modalidades de pago

4.1. Las facturas emitidas por BEA se pagarán en el domicilio social de BEA en el momento de su recepción, salvo estipulación contraria en la factura.

El comprador deberá pagar el impuesto sobre el valor añadido (IVA) adeudado legalmente al emitir la factura.

4.2. Los pagos deberán efectuarse en EUROS y por transferencia a la cuenta (IBAN: BE18 3400 2949 0765, BIC: BBRUBEBB).

4.3. BEA no está obligada a aceptar cheques o letras de cambio. Si de manera excepcional BEA aceptase letras de cambio o cheques bancarios (certificados), la aceptación no se producirá hasta que le haya sido abonado el importe total adeudado.

4.4. Los anticipos pagados por el comprador se imputarán al precio del pedido y en ningún caso constituirán arras cuyo abandono autorice a las partes a desvincularse del contrato.

4.5. Los pagos efectuados en mano a un representante o responsable de BEA solo serán liberatorios si existe acuerdo previo y explícito de BEA.

4.6. Cualquier impugnación relativa a una factura deberá realizarse por medio de una carta certificada dentro de los ocho días posteriores a la recepción de dicha factura. Pasada esta fecha no se aceptarán reclamaciones y la factura será considerada como aceptada por el comprador.  Una reclamación o un acogimiento a la garantía no afectará la obligación del comprador de pagar las demás facturas exigibles al momento de la reclamación y no le dará derecho a suspender pago alguno a BEA o cualquier otro compromiso contraído con esta.

4.7. Solo se admitirá una compensación o una retención de los pagos por parte del comprador si la reclamación de este fuese indiscutible o constatada judicialmente por una sentencia firme con valor de cosa juzgada.

Artículo 5 : Falta de pago, derecho de rescisión y anulación de un pedido

5.1. En el caso de incumplimiento por parte del comprador de alguna de sus obligaciones, BEA tendrá derecho a rescindir el contrato mediante carta certificada sin necesidad de intimación o requerimiento previo de pago. En este caso, BEA tendrá derecho a conservar los anticipos que se hubieran pagado para así cubrir las eventuales pérdidas en la reventa.

5.2. La falta de pago al vencimiento de la factura conllevará, de pleno derecho y sin necesidad de requerimiento previo de pago, la exigibilidad de intereses de demora al 12% anual. Dicho incumplimiento al vencimiento de la factura conllevará, en las mismas condiciones que la exigibilidad de los intereses, el pago de una indemnización a tanto alzado del 15% del importe de la factura impagada, con un mínimo de 100,00 EUR. BEA tendrá asimismo el derecho, sin necesidad de requerimiento previo de pago, por la simple constatación del impago, a suspender todas las obligaciones que hubiera podido contraer con el comprador en mora. La falta de pago al vencimiento de una factura implicará además la exigibilidad inmediata de todas las demás cantidades adeudadas por el comprador a BEA, incluso de los importes aún no vencidos.

5.3. En caso de impago, incobrabilidad de letras de cambio o cheques bancarios (certificados), suspensión de pagos o solvencia insuficiente, BEA tiene derecho a exigir el pago inmediato o la constitución de una garantía sobre todas las entregas realizadas y a exigir el pago a cuenta para futuros envíos.

5.4. En caso de anulación de un pedido por parte del comprador, este adeudará el 25% del precio acordado en concepto de indemnización a tanto alzado, salvo estipulación contraria en la confirmación de pedido de BEA. La indemnización antes mencionada no afectará para nada al derecho de BEA a reclamar al comprador daños y perjuicios e intereses complementarios, si el perjuicio sufrido por BEA fuese superior a dicha indemnización a tanto alzado.

Artículo 6 : Entrega

6.1. Se autorizan las entregas parciales. En función de la particularidad y/o de la importancia del pedido, BEA se reserva el derecho a efectuar entregas parciales en función de sus disponibilidades.

6.2. Si el comprador no recib la entrega en el momento acordado entre las partes, seguirá estando obligado al pago de la mercancía. El almacenamiento de la mercancía se efectuará por cuenta y riesgo del comprador.

6.3. Salvo que exista un acuerdo escrito en contrario, la transferencia al comprador del riesgo de pérdida, robo o cualquier otro daño de la mercancía se producirá en el momento en que las mercancías abandonen los locales o algún almacén de BEA para ser transportadas al comprador o a su transportista. Salvo acuerdo escrito en contrario, los gastos de portes, de aduanas y de seguros serán asumidos por el comprador.

6.4. La mercancía será transportada por cuenta y riesgo del comprador. BEA se reserva el derecho a elegir el itinerario, el embalaje y otras modalidades de seguridad del transporte. Salvo acuerdo escrito en contrario, BEA será la encargada de negociar los contratos de transporte y de seguros de transportes.

6.5. Todas las mercancías se venderán «ex-works/en fábrica».

6.6. En caso de venta para la exportación, el comprador será responsable de la obtención de las licencias de importación y las autorizaciones de cambio.

6.7. Las mercancías entregadas en ningún caso podrán ser devueltas a BEA sin su acuerdo previo y por escrito.

6.8. Los plazos de entrega serán siempre aproximativos. El plazo de entrega comienza el día de envío de la aceptación del pedido y se cumple si la mercancía abandona los locales de BEA como máximo al final de dicho plazo de entrega. El retraso en la entrega de las mercancías por cualquier razón, no da derecho al comprador a solicitar una indemnización o daños y perjuicios e intereses, ni a anular el pedido o el contrato suscrito entre las partes.

6.9. En caso de fuerza mayor, BEA tiene, o bien el derecho a prorrogar razonablemente el plazo de entrega, incluso en el marco de un retraso de entrega, o de suspender la ejecución de la relación contractual con el comprador durante el periodo en que persista la fuerza mayor, o bien el derecho a rescindir total o parcialmente, en cualquier momento con efecto inmediato, esta relación contractual, sin que BEA esté obligada a indemnizar al comprador.
Se considerarán casos de fuerza mayor: las guerras, levantamientos, huelgas, lock-out [bloqueos], enfermedades contagiosas, catástrofes naturales, inundaciones, incendios, accidentes de explotación, perturbaciones imprevisibles de las condiciones de fabricación, medidas administrativas, dificultades en el suministro eléctrico, retrasos en la entrega de materias primas o componentes, etc.

6.10. En caso de cualquier modificación en la situación financiera del comprador, BEA se reserva el derecho a exigir garantías y a suspender la ejecución del pedido a la espera de la constitución de garantías de pago.

6.11. En caso de embargo, quiebra o cualquier otro procedimiento concursal como el saneamiento judicial, el convenio con los acreedores o procedimientos similares, BEA tendrá derecho a suspender sus obligaciones o a rescindir el contrato y a reclamar daños y perjuicios e intereses a tanto alzado del 40% del precio convenido. La indemnización mencionada en el artículo 6.11 no afectará para nada al derecho de BEA a reclamar al comprador daños y perjuicios e intereses complementarios, si el perjuicio sufrido por BEA fuese superior a dicha indemnización a tanto alzado.
BEA podrá exigir al comprador que devuelva, por cuenta y riesgo de este, las mercancías impagadas.

Artículo 7 : Reserva de propiedad

7.1. BEA se reservará la propiedad de la mercancía entregada hasta el pago completo de todas las deudas pendientes del comprador en razón de la relación de negocios (facturas, intereses, gastos, etc.). Si el importe de todas las garantías de BEA sobrepasará la suma de todas las deudas en más del 20%, BEA desembolsará a petición del comprador la parte correspondiente de dichas garantías.

7.2. Durante el periodo de reserva de propiedad, se prohíbe al comprador disponer, dar en prenda o ceder (aunque sea en concepto de garantía) la mercancía. Solo se autorizará la reventa de la mercancía si dicha reventa se correspondiese con el curso habitual de los negocios del comprador, si este recibiese el pago inmediato e íntegro de su contratante o si vendiese la mercancía con reserva de dominio válida.

7.3. No obstante, en el caso de disposición de la mercancía entregada por el comprador, este cederá desde el primer momento todos los derechos derivados de dicha disposición (IVA incluido) a BEA, que acepta la cesión.
Por motivos válidos, en particular en caso de impago por parte del comprador, este estará obligado, a petición de BEA, a indicar la cesión a su contratante y a comunicar a BEA los datos y documentos necesarios para permitir a esta la posibilidad de hacer valer sus derechos.

7.4. BEA asumirá la transformación o el tratamiento de una mercancía entregada por el comprador. Si la mercancía fuese transformada con otros bienes muebles no pertenecientes a BEA, esta última adquirirá la (co)propiedad indivisa de la nueva cosa a prorrata del valor de la mercancía entregada con respecto a las demás bienes muebles transformados en el momento de la transformación. El artículo 7.1 se aplicará al nuevo bien así transformado.

7.5. Si la mercancía entregada fuese combinada o mezclada de manera inseparable con otros bienes muebles no pertenecientes a BEA, esta última adquirirá la (co)propiedad indivisa de la nueva cosa a prorrata del valor de la mercancía entregada con respecto a los demás bienes muebles combinados o mezclados en el momento de la combinación o mezcla. Si tras la combinación o la mezcla, la nueva cosa del comprador debiera considerarse como el bien principal, el comprador cederá desde el primer momento la cuota de la (co)propiedad indivisa a BEA, que aceptará la cesión. El comprador conservará la propiedad o la (co)propiedad por cuenta de BEA.

7.6. El comprador deberá informar a BEA inmediatamente de los eventuales embargos, apropiaciones u otros actos de disposición/intervención de terceros sobre la mercancía.

7.7. En caso de incumplimiento imputable al comprador, en particular el retraso en el pago, BEA tendrá derecho a rescindir el contrato y a recuperar la mercancía una vez transcurrido el plazo razonable fijado al comprador sin que este haya efectuado el pago. Lo que se aplicará sin perjuicio de las disposiciones legales relativas a la inutilidad del establecimiento de un plazo. El comprador estará obligado a restituir la mercancía.

Artículo 8 : Garantía y responsabilidad por los vicios

8.1. BEA únicamente concede garantías mediante un acuerdo escrito explícito.

8.2. Salvo acuerdo en contrario por escrito, el material entregado por BEA estará garantizado durante tres años contra cualquier vicio oculto derivado de un defecto de fabricación o de material. Dicho plazo empieza a transcurrir a partir de la fecha de expedición de las mercancías.

8.3. El documento «Conditions générales du service après-vente (service +)» (Condiciones generales del servicio posventa (servicio +)) establece las condiciones generales de garantía. Este documento estará a disposición mediante la simple solicitud en la página web http://eu.beasensors.com

8.4. Las reclamaciones relativas a un vicio de la mercancía entregada deberán notificarse inmediatamente por carta certificada a BEA y serán desechadas si BEA no las ha recibido dentro de los ocho días posteriores a la recepción de la entrega. En su defecto, la entrega se considerará recibida y aprobada de manera definitiva por el comprador. Los defectos que no hayan sido descubiertos en ese plazo sino en una verificación ulterior de las mercancías, deberán notificarse inmediatamente por carta certificada a BEA, como máximo en los ocho días posteriores a su descubrimiento. Pasada esta fecha no se aceptarán reclamaciones y la entrega se considerará aceptada por el comprador.

8.5. En caso de vicios debidamente aceptados por BEA, esta pondrá remedio a dichos defectos a su juicio, dentro de un plazo razonable, o bien reparándolos o bien entregando una mercancía no defectuosa. El comprador deberá conceder a BEA la posibilidad y el tiempo necesario para poner remedio a los citados defectos. En caso de incumplimiento o si el comprador hubiera realizado cambios o reparaciones, BEA quedará eximida de toda responsabilidad.

8.6. Si la reparación o la sustitución de la mercancía defectuosa no fuera posible o no se efectuase en un plazo razonable, el comprador podrá solicitar una reducción del precio de venta o rescindir el contrato. Si el comprador hubiera ya utilizado la mercancía, estará obligado a asumir una parte del precio razonablemente determinada por BEA.

8.7. No serán considerados como vicios los daños derivados del desgaste normal de la mercancía, del incumplimiento de las recomendaciones de uso de BEA, de una utilización inapropiada o de una negligencia del comprador o de un tercero, en particular de un almacenamiento no apropiado de las mercancías.

8.8. Los derechos del comprador consecutivos a los vicios de la mercancía prescribirán a los 3 meses de utilización de la misma y como máximo a los 6 meses de la entrega. Se excluyen de esta limitación los daños corporales así como los daños causados por dolo o falta grave de BEA.

8.9. En caso de litigio, la responsabilidad de BEA nunca podrá exceder del doble del coste de la mercancía objeto de la reclamación.

8.10. Se excluyen todos los derechos del comprador relativos a los vicios, que no estén incluidos en las presentes condiciones generales.

Artículo 9 : Responsabilidades

9.1. Para aquellos daños que no afecten a la propia mercancía entregada, BEA solo asumirá la responsabilidad:

– en caso de dolo y falta grave;
– por daños corporales;
– según lo establecido por la ley relativa a la responsabilidad por daños por productos defectuosos (ley de 25 de febrero de 1991 [derecho belga]).

9.2. BEA no asumirá en ningún caso responsabilidad alguna frente al comprador o frente a terceros del pago de una indemnización por pérdidas de producción, pérdidas de beneficios, pérdidas de utilización, pérdida de la oportunidad de suscribir algún contrato o cualquier otro perjuicio indirecto o consecutivo a un daño material causado por la mercancía suministrada por BEA.

9.3. Si BEA fuese responsable por dolo o falta grave, la responsabilidad de BEA estará limitada a los daños razonables que hayan sido previstos al celebrar el contrato.

9.4. En caso de que BEA realice una venta de equipos para exportación, será responsabilidad del comprado, quien importa el producto a su país, garantizar el cumplimiento de cualquier obligación, la realización de declaraciones y el pago de impuestos relacionados con este tipo de equipo. Lista no exhaustiva de ejemplos: RAEE/baterías/embalaje, etc.

9.5. Debido a que los equipos de BEA se consideran equipos electrónicos diseñados para ser instalados por profesionales, será responsabilidad de estos profesionales desechar el equipo tras su uso a través de los canales de reelaboración y reciclado adecuados conforme con los reglamentos vigentes en el país correspondiente. Por ejemplo, para los países de la Unión Europea, aunque no exclusivamente, esto debe realizarse de conformidad con la Directiva Europea 2012/19/CE sobre residuos de aparatos eléctricos y electrónicos y la legislación derivada de ella del país correspondiente.

9.6. Las disposiciones indicadas anteriormente también son aplicables a los representantes o agentes de BEA. El comprador debe cumplir todas las disposiciones establecidas en el Código de conducta de HALMA, disponible para descargar en el sitio web http://www.halma.com.
Este código se ha diseñado para servirnos de guía, a nosotros y a nuestros socios empresariales en nuestras actividades profesionales. En este código se indica el modo de dirigir nuestras actividades en relación con la ética, las normas éticas y la ley. También nos obliga a respetar las leyes y reglamentos nacionales e internacionales, especialmente en materia de fraude y corrupción, conflicto de intereses, operaciones con información privilegiada y denuncia de irregularidades.

Artículo 10: HALMA Code of conduct

El comprador debe respetar todas las disposiciones del Código de buena conducta del grupo HALMA que se puede descargar en la página web http://www.halma.com.

Este Código está diseñado para guiar a nuestros socios comerciales y a nosotros mismos en nuestras actividades profesionales. Muestra cómo dirigir nuestras actividades dentro del respeto de la ética, las reglas deontológicas y la legalidad y obliga a respetar las leyes, reglamentaciones nacionales e internacionales, en especial, las relativas al fraude y a la corrupción, a los conflictos de intereses, a los delitos de uso de información privilegiada y a la notificación de los disfuncionamientos.

 

Artículo 11: Cláusulas de cumplimiento

Las cláusulas de cumplimiento de Halma están disponibles en estas secciones del sitio web:

 

Artículo 12 : Lugar de ejecución de la prestación, derechos intelectuales, jurisdicción, derecho aplicable y otros

12.1. El lugar de ejecución de la prestación será el domicilio social de BEA.

12.2. Todos los dibujos, esquemas, ofertas, proyectos, listas de material y cualquier otro documento entregados al comprador seguirán siendo propiedad de BEA. En ningún caso podrán copiarse, ni total ni parcialmente, ni mostrarse o comunicarse de manera alguna a terceros sin el acuerdo previo y por escrito de BEA. Estos documentos solamente podrán ser utilizados con la finalidad para la cual BEA los ha transmitido. La transmisión de estos documentos no podrá ser en ningún caso interpretada en el sentido de que se ha concedido algún tipo de licencia al comprador.

12.3. Se aplicará el derecho belga salvo que exista alguna estipulación en contrario en la confirmación de pedido de BEA. En lo relativo a los negocios transfronterizos será aplicable el convenio de Naciones Unidas sobre contratos de compra internacional de mercancías si no contraviene las presentes condiciones generales.

12.4. En caso de conflicto, este será competencia exclusiva de los tribunales de Lieja, o si BEA así lo elige, de las jurisdicciones competentes del comprador, sea cual fuere el lugar en el que haya surgido o en el que deba ser ejecutado el contrato.

12.5. Si alguna de las disposiciones de estas condiciones generales o alguna disposición en el marco de un contrato suscrito entre BEA y el comprador fuera considerada nula e inexistente o pasarà a serlo, esto no afectaría a las demás disposiciones o contratos que seguirían siendo aplicables. La disposición 11.5 no será aplicable si el mantenimiento de los términos del contrato constituyera una carga desproporcionada e intolerable para alguna de las partes.

12.6. En el sentido definido por la legislación relativa a la protección de la vida privada con respecto al tratamiento de datos de carácter personal (ley de 8 de diciembre de 1992 [derecho belga]), BEA registrará los datos relativos al comprador y los utilizará en el marco de la colaboración entre las partes.

12.7. Las presentes condiciones generales entrarán en vigor el día 01/12/2011. Anularán todas las anteriores condiciones generales de BEA y las sustituirán.

 

(Traducción al español. El texto original en francés de los Términos y condiciones generales se considera vinculante en todos sus elementos. En caso de divergencia entre los distintos idiomas, el texto francés será la única base vinculante).

 

 

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